El temor de muchas personas cuando alquilan una de sus propiedades es que el inquilino deje de pagar y abandone, sin abonar lo adeudado, la finca arrendada. En general, el plazo de prescripción de las deudas era hasta el 7 de octubre de 2015, de 15 años, según señalaba el Artículo 1.964 del Código Civil. […]