A parte de las nuevas medidas económicas aprobadas el viernes, también se han reforzado algunas de las ya vigentes.
Se amplía a 4 meses el aplazamiento de impuestos, con lo cuál los trabajadores por cuenta propia tienen hasta agosto para aplazar sus obligaciones tributarias sin acumular recargo alguno.
Según el documento oficial, se concede el aplazamiento a las deudas tributarias en las que el plazo de presentación finalice desde el día 1 de abril hasta el día 31 de 2021.
Podrán acceder a esta ampliación del aplazamiento todos los autónomos y pymes que facturen menos de seis millones de euros, y deseen atrasar el pago de las autoliquidaciones del primer trimestre (Iva, IRPF o Sociedades).
Los modelos susceptibles de dicho aplazamiento son:
111 – retenciones trimestrales a trabajadores o empresarios
115 – arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles
130/131 – pagos fraccionados del IRPF
202 – impuesto de sociedades
303 – declaración trimestral del IVA